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Descripción.- El hecho generador del impuesto de patente es el ejercicio permanente de  actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales, dentro del cantón San Miguel, entendiéndose por permanente a la realización de la actividad por más de sesenta días dentro de un ejercicio fiscal.

 

Requisitos Personas Naturales:

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  1. Copia de R.U.C

  2. Copia de la declaración del Impuesto a la Renta, IVA o RISE, según el caso

  3. Copia del pago de la tasa bomberos en caso de haberlo cancelado

 

Requisitos Personas Jurídicas:

  1. Copia de declaración del Impuesto a la Renta

  2. En caso de tener sucursales en varios cantones, presentar Cuadro de Distribución del impuesto del 1.5 x Mil a los Activos.

  3. Copia de la escritura de la Constitución de la empresa (solo para quienes inician actividades)

  4. Copia del pago de la tasa bomberos en caso de haberlo cancelado

RECAUDACIÓN MUNICIPAL

pago predio urbano rural

IMPUESTO DE PATENTE MUNICIPAL

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