Descripción.- El hecho generador del impuesto de patente es el ejercicio permanente de actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales, dentro del cantón San Miguel, entendiéndose por permanente a la realización de la actividad por más de sesenta días dentro de un ejercicio fiscal.
Requisitos Personas Naturales:
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Copia de R.U.C
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Copia de la declaración del Impuesto a la Renta, IVA o RISE, según el caso
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Copia del pago de la tasa bomberos en caso de haberlo cancelado
Requisitos Personas Jurídicas:
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Copia de declaración del Impuesto a la Renta
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En caso de tener sucursales en varios cantones, presentar Cuadro de Distribución del impuesto del 1.5 x Mil a los Activos.
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Copia de la escritura de la Constitución de la empresa (solo para quienes inician actividades)
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Copia del pago de la tasa bomberos en caso de haberlo cancelado